jueves, 23 de julio de 2009

VIOLACION Y SEXO ORAL

Señor Director:
"Con motivo del proyecto de modificación del Código Penal, y ante la posibilidad, que en el caso de la violación sexual se pretenda diferenciar del sexo oral, con una pena menor para este último caso, quisiera hacer algunas consideraciones.
"Nadie confunde una cosa con otra, es obvio, pero desde el punto de vista del daño ocasionado a la víctima, en particular en el nivel psicológico, debo decir enfáticamente y sobre la base de mi experiencia como médico psiquiatra, que ninguna mujer va a sentirse menos herida si lo fue con sexo oral o simplemente violada.
"Cualquiera que de las dos actitudes son generadoras de un estrés pos traumático gravísimo, debiendo ser pasibles de una pena igual.
"Por ello invito a aquellos que están analizando el tema a que se instituya el concepto de agresión sexual grave, incluyendo en ello la violación, el sexo oral y las distintas maneras de manifestarse delictivamente en el orden de lo referido, lo cual facilitaría la denuncia y su posterior investigación, así como la sentencia correspondiente."

Fernando Jijena Sánchez


Publicada en el diario La Nación el 2 de junio de 2006